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ABC del registro obligatorio de mascotas en Chile

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Desde 2018, en todo Chile está vigente la Ley 21.020 sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, un reglamento que entrega las directrices sobre cuidados y responsabilidades para todos quienes deciden integrar a sus vidas un animal de compañía, bien sea un perro o un gato. Esta ley contempla, entre otras medidas, un registro para las mascotas de carácter obligatorio y gratuito. Conoce aquí la respuesta a tus inquietudes sobre el Registro Nacional de Tenencia Responsable de Mascotas y animales de compañía:

¿Cómo puedo incorporar a mi animal de compañía al Registro Nacional de Mascotas o Animales de Compañía?

Según el Programa de Tenencia Responsable de animales de Compañía (PTRAC), existen dos posibilidades para realizar el registro:

  1. Presencial: asistiendo directamente a su municipalidad correspondiente, con el certificado de un Médico Veterinario que dé cuenta de las características, condiciones y el número de microchip del animal.
  2. Virtual: ingresando a la página web https://registratumascota.cl/, para este caso se requiere que:

El animal a registrar debe tener instalado un microchip, ya que es el único sistema de identificación permanente, Clave Única que se obtiene de manera presencial en el Registro Civil, contar con un Certificado veterinario que dé cuenta de las características y condiciones del animal a registrar.

¿Dónde puedo obtener un microchip para mi mascota?

Se pueden obtener en municipalidades que prestan servicios veterinarios, en clínicas, consultas y hospitales veterinarios, es decir en centros veterinarios públicos o privados. Lo importante es que tenga 15 dígitos. El programa PTRAC ha estado financiando la implantación de microchip a las municipalidades, que se entregan de manera gratuita para la comunidad.

Se recomienda pedir información en la municipalidad respectiva si tiene disponibilidad de este servicio o preguntar la disponibilidad en centros veterinarios de la comuna respectiva.

¿Qué documentos se requieren para inscribir a una mascota en el Registro?

Para inscribir el animal se requieren los siguientes documentos: documento firmado por un veterinario con los datos de identificación del animal, documento que acredite el dominio del animal y documento que declare que la persona no tiene inhabilidad absoluta y perpetua para la tenencia de cualquier tipo de animales. Todos ellos lo puede descargar gratuitamente del siguiente link http://www.tenenciaresponsablemascotas.cl/biblioteca-digital/

¿Por qué se solicita un Certificado Veterinario con los datos del animal?

Los datos de identificación, tales como la especie, raza, color, estado reproductivo, edad, y otros; permiten su individualización. Estos datos por la complejidad que revisten, ya que no cualquier persona puede dar cuenta de ellos, deben ser emitidos por un Médico Veterinario, quien es el profesional competente para ello. Si este documento no fuese visado por un profesional idóneo, podría contener errores, lo que entregaría antecedentes no fidedignos al Registro.

Por ahora, como comprobante de la identificación del animal, se aceptan diversos documentos que contengan la información requerida, si presentan la identificación y firma del Médico Veterinario; como certificado de vacunación antirrábica, carnet sanitario, fichas de programas de esterilización municipales, entre otros.

El documento se puede descargar gratuitamente desde el siguiente link http://www.tenenciaresponsablemascotas.cl/biblioteca-digital/.

¿El registro es solo para animales de raza?

No, es para todos los animales de compañía, perros y gatos inicialmente. Para el caso de los perros “sin raza”, al momento de registrarlos de manera presencial o virtual deben ser clasificados como “mestizos”, en el caso de los gatos estos deben clasificarse como “doméstico de pelo corto” o “doméstico de pelo largo”.

¿Cómo se inscriben perros que son comunitarios?

Según la Ley 21.020 se definen como los que no tienen un dueño en particular, pero que la comunidad alimenta y le entrega cuidados básicos. Quienes son responsables de la inscripción de un perro o gato en el Registro, son los dueños o poseedores, por lo tanto, quien inscriba a un animal quedará en esa calidad como responsable, cabe destacar que la plataforma permite la inscripción de animales por parte de personas naturales y jurídicas. En el caso de animales sin dueño, sólo la municipalidad podrá inscribirlos en dicha categoría.

Fuente y más información: https://registratumascota.cl/

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